lunes, 13 de abril de 2026
lunes, 30 de marzo de 2026
REVÉS PARA MILEI: LA JUSTICIA SUSPENDIÓ MÁS DE 80 ARTÍCULOS DE LA REFORMA LABORAL

El gobierno de Javier Milei sufrió un duro golpe en la justicia: un juez le dio la razón a la CGT y suspendió los puntos centrales de la reforma laboral, más de 80 artículos de la Ley 27.802 al considerar que los mismos avanzaban contra el artículo 14 bis de la Constitución.
El juez Raúl Ojeda, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, hizo lugar a una medida cautelar de la Confederación General del Trabajo y dejó en suspenso la aplicación de 82 artículos de la reforma.
La medida supone la suspensión provisoria de los artículos cuestionados por la CGT hasta que exista sentencia definitiva, pero el Gobierno nacional puede apelar la medida de Ojeda para levantar el freno de la reforma. Se trata de la primera gran victoria de la CGT en tribunales, ya que hasta ahora algunos gremios habían logrado frenar artículos sueltos como el traspaso de la justicia laboral a la Ciudad.
El fallo de Ojeda frena, entre otros numerosos puntos de la reforma, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las limitaciones al derecho a huelga, la ultraactividad de los convenios y la derogación de la Ley de Teletrabajo. Es decir: en la práctica hoy el sistema laboral vuelve al esquema previo a la ley 27.802, al menos en todo lo que el juez suspendió.
Con dos fallos, la Justicia laboral de Córdoba le marca la cancha a la reforma de Milei
Ojeda entendió que existen "indicios serios y graves" de inconstitucionalidad al advertir que la reforma podría implicar una regresión en derechos laborales individuales y colectivos, lo que habilitó el dictado de una medida cautelar para frenar su implementación.
Uno de los puntos centrales del fallo es el reconocimiento de una "verosimilitud del derecho calificada", es decir, una fuerte probabilidad de que los planteos de la CGT tengan sustento jurídico al finalizar el planteo de fondo, lo que reforzaría el argumento sindical ante la reforma.
La medida supone la suspensión provisoria de los artículos cuestionados por la CGT hasta que exista sentencia definitiva, pero el Gobierno nacional puede apelar la medida de Ojeda para levantar el freno de la reforma
El principal impacto de la cautelar es que deja suspendidas las modificaciones centrales a la Ley de Contrato de Trabajo, que eran el núcleo de la reforma impulsada por el Gobierno.
Entre los cambios más importantes que quedan congelados aparece la reducción del alcance de la propia ley laboral. El fallo menciona específicamente el artículo que permitía considerar como "prestadores independientes" a trabajadores de plataformas digitales, lo que en la práctica podía dejar a miles de personas fuera del régimen laboral tradicional .

También queda frenada otra modificación clave: la eliminación del principio "in dubio pro operario", que obligaba a interpretar las normas laborales siempre a favor del trabajador. El juez sostiene que esa modificación afecta directamente el principio protectorio establecido en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
En la misma línea, la cautelar suspende la reforma que eliminaba el principio de irrenunciabilidad de derechos laborales superiores a los establecidos por ley o por convenio colectivo, una modificación que había generado fuerte rechazo sindical porque abría la puerta a acuerdos individuales por debajo de las condiciones vigentes.
Otro de los puntos más sensibles que quedan sin efecto es el nuevo esquema de indemnización por despido. El fallo menciona de manera expresa la reforma al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, que excluía conceptos como el aguinaldo o los premios no mensuales del cálculo indemnizatorio y permitía reemplazar el sistema tradicional por un fondo o sistema de cese laboral.
Además, también queda suspendida la norma que permitía pagar las indemnizaciones en cuotas, una de las medidas más cuestionadas por los sindicatos y que ya había sido objetada por tribunales laborales de distintas provincias.
El juez advierte que la aplicación de estas modificaciones podría generar "daños irreparables" si luego la ley fuera declarada inconstitucional, especialmente porque afectaría millones de contratos laborales en todo el país.
La resolución judicial también deja sin efecto varias reformas que modificaban las condiciones básicas de trabajo. Entre ellas aparece la posibilidad de crear un "banco de horas" mediante acuerdos individuales, lo que habilitaba a las empresas a modificar la jornada laboral sin necesidad de un convenio colectivo. También queda suspendida la reforma que permitía fraccionar el período de vacaciones, algo que hasta ahora sólo podía hacerse de manera excepcional.
Otro punto clave que queda paralizado es el nuevo régimen salarial que permitía excluir del salario conceptos como propinas, beneficios en especie o ciertos pagos variables. Para el juez, estas modificaciones podían afectar el nivel de protección salarial y generar una reducción indirecta de derechos laborales.
La cautelar también alcanza a los artículos que modificaban el sistema de negociación colectiva y la organización sindical.
Entre las normas suspendidas aparece la reforma que modificaba el régimen de ultraactividad de los convenios colectivos, la que limitaba los aportes sindicales y las que establecían restricciones para realizar asambleas o medidas de fuerza.
El fallo sostiene que estas modificaciones podrían afectar el derecho a la libertad sindical y la negociación colectiva, ambos protegidos por la Constitución Nacional y por tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional.
Otro de los puntos más llamativos de la resolución es que suspende la derogación de la ley de teletrabajo. Es decir, esa norma sigue vigente hasta que haya una sentencia definitiva.
El juez considera que eliminar esa legislación sin un sistema alternativo podía implicar una pérdida de derechos para los trabajadores que desarrollan tareas bajo esa modalidad
La resolución judicial aclara que la suspensión alcanza a todos los trabajadores y empleadores del país y que se trata de una medida provisoria, pero de aplicación inmediata.
El argumento central del fallo es que la reforma introduce cambios "regresivos" en derechos laborales y que, si se aplicara mientras se tramita la causa, podría generarse un daño irreversible en millones de relaciones laborales. (LPO)
viernes, 1 de julio de 2022
lunes, 20 de septiembre de 2021
Antes de la jura para asumir el cargo, Jaime Perzyck apartó la Biblia de la Constitución Nacional. VIDEO
🔴 EL GESTO DEL NUEVO MINISTRO DE EDUCACIÓN DURANTE LA JURA
— TN - Todo Noticias (@todonoticias) September 20, 2021
Antes de asumir el cargo, Jaime Perzyck apartó la Biblia de la Constitución Nacional: su gesto fue captado por la transmisión oficial y no tardó en generar polémica en las redes sociales https://t.co/FGoLCt8PpR pic.twitter.com/jitUvgAxBb
Jura de LOS ministros.
— Andres Snitcofsky (@rusosnith) September 20, 2021
Manzur, Dominguez, Anibal Fernandez: Dios, la patria y los santos evangelios
Ross : Dios y la patria
Cafiero, Perczyk, Filmus: La patria pic.twitter.com/Bus8cC19t8
viernes, 30 de abril de 2021
Se llama Constitución Nacional (con video)
Se llama Constitución Nacional.
— OB (@osvaldobazan) April 30, 2021
Su artículo 29 es clarito. pic.twitter.com/293XUx43sv
y además pic.twitter.com/wt29Qt6PWC
— OB (@osvaldobazan) April 30, 2021
Mirá si el Presidente habrá sido acomodado a dedo en la UBA que se da el lujo de mandar al Congreso una Ley que lo condenaría como infame traidor a la patria. pic.twitter.com/uFGGZdvvw8
— Macarena (@maquialifraco) April 30, 2021
El farabute (un pinche) quiere superpoderes, enviará un proyecto de ley en base a datos científicos, será un psicofísico? Una locura, espero que no pase, Alberto es inepto y oscuro, la peor combinación🤦🏻♀️#TN pic.twitter.com/Wtkpk2PJA3
— monica peña (@moka_sin) April 30, 2021
...quien le hizo creer que era Merkel? pic.twitter.com/7r0nn32cwz
— monica peña (@moka_sin) April 30, 2021
Presidente: fue contra la propiedad privada y quiso quedarse con Vicentín. Atacó sistemáticamente a la justicia. Nos mintió con las vacunas. Ahora quiere ponerse por encima de la Constitución y tener súper poderes. ¿Usted sabe que el Congreso funciona? ¡Respete las instituciones! pic.twitter.com/CYjkZfbFWv
— Patricia Bullrich (@PatoBullrich) April 30, 2021
viernes, 19 de junio de 2020
♪ ♫ Lo miiissmooo un burroo que un graaan profeeesoorrr ♫ ♪... El presidente es un burro y Cristina (la buena) tenía razón
— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
Al final @Cris_noticias sabe más de derecho que @alferdez y que la boba que chapea con Yale.— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
Felicitaciones @Cris_noticias , tuviste dos días agitados con todo el poder cascoteándote y sin embargo no reculaste ni te achicaste. Como cuando no reculaste en Radio Del Plata y Villarruel te rajó porque te negaste a hacer Propaganda K.— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
Jajajaja!!! Como estoy dusfrutando el gol de @Cris_noticias a TODO el kernerismo. Desde el presidente hasta el último perejil. 😂— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
Cuando termine la cuarentena la vamos a sentar a @Cris_noticias en una mesita en la Plaza De Mayo para que firme ejemplares la Constitución Nacional. Hacemos una fila, todos con un ejemplar y ella va firmando.— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
🇦🇷🇦🇷🇦🇷🇦🇷🇦🇷🇦🇷
Los kerneristas llevaban a sus niños a a la Plaza de Mayo a escupir periodistas.— Pajarita (@MabelPajarita) June 19, 2020
Nosotros los vamos a llevar para que una periodista les firme constituciones. 😂
Negocio millonario: la constitución nacional comentada por @Cris_noticias— Mariano (@OrwellGeorge) June 19, 2020
“¿La Constitución le reconoce de forma expresa al Presidente facultades para intervenir una sociedad? No. Ni siquiera de forma transitoria.”— Cristina Perez LAVÁ BIEN TUS MANOS (@Cris_noticias) June 18, 2020
Lo dice el Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Austral. https://t.co/bmNFGoyGlt
Fallo en contra del Gobierno: restituyen al directorio de Vicentin y los interventores serán veedores https://t.co/frPCOVVwFQ via @LANACION— Cristina Perez LAVÁ BIEN TUS MANOS (@Cris_noticias) June 19, 2020
Vicentin: la Justicia le propinó un fuerte revés a la estrategia expropiatoria de la Casa Rosada. El análisis de @diegocabot https://t.co/WNj75WnbY8— Cristina Perez LAVÁ BIEN TUS MANOS (@Cris_noticias) June 19, 2020
Gol para la República. El juez de Reconquista frena el avance del Kirchnerismo sobre la propiedad privada y limita a los interventores de #Vicentín a cumplir funciones de veedores. De todas formas, el partido no está terminado.https://t.co/Sltj14Ftlf— Fede Angelini (@fangelini) June 19, 2020
EL HÉROE DEL DÍA. Es el Juez Fabián Lorenzini quien acaba de fallar en contra de la expropiación de Vicentin y repuso a los Directores al mando de la cerealera. Fuerte revés para el kirchnerismo. Lo aplaudimos de pie, Señor Juez 👏👏👏🇦🇷 pic.twitter.com/X5AmZZSBod— EL ANTI OPERETA (@ChauOperetaK) June 19, 2020
domingo, 30 de diciembre de 2018
"Misincosijos", con una pata en gayola pero se permite el lujo de "reformar" la Constitución
1.Nueva Constitución Nacional— Luis D'Elia (@Luis_Delia) December 30, 2018
2.-Expropiación del oligopolio Clarín incompatible con la democracia argentina
3.-Nacionalización del comercio
exterior
4.-Nacionalización y/o coperativización de la banca
5.-Reforma Agraria y Reforma Urbana
6.Disponibilidad de todo el Poder Judicial
miércoles, 14 de octubre de 2015
Denuncian penalmente a Scioli por violar la Constitución: “Fue un vice de facto”
Un abogado chaqueño hizo una denuncia penal a raíz de las elecciones de 2003 donde no se produjo el ballotage. Sus argumentos.

Jorge Antonio Gait es abogado, profesor de Filosofía y de Ciencias de la Educación. Oriundo de Resistencia, provincia de El Chaco, a comienzos de septiembre viajó a Buenos Aires para radicar una denuncia contra el candidato a Presidente Daniel Scioli y la actual presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, entre otros.



