
El Tribunal Oral en lo Criminal N.°7 de San Isidro desestimó este miércoles el pedido de libertad condicional de Morena Rial, tras haber sido condenada a tres años de prisión en la causa por los robos cometidos en las localidades bonaerenses de Castelar, Martínez y Villa Adelina. Actualmente, goza del beneficio del arresto domiciliario.
En junio pasado, la jueza Coelho había homologado el acuerdo de juicio abreviado que habían firmado Patricio Ferrari, fiscal general adjunto de San Isidro a cargo de la investigación, y la defensa de Rial.
Tras la sentencia, el abogado Marcelo D’Angelo solicitó que Rial accediera a la libertad condicional. Antes de resolver, la magistrada dio intervención al fiscal Ferrari, quien dictaminó en contra del planteo.
Con ese antecedente, la jueza rechazó el pedido de la defensa al considerar que, si bien se cumple el requisito temporal previsto por la ley, Morena Rial no respetó las reglas de conducta que le habían sido impuestas para mantener el beneficio del arresto domiciliario.
“Si bien se acredita el requisito temporal que exige la ley, considero -mal que le pese al distinguido defensor [por D’Angelo]- que no se ha cumplido con el requisito subjetivo del cumplimiento regular de las reglas de conducta impuestas como condición de otorgamiento del beneficio del arresto domiciliario, dispuesto en los términos del artículo 159 del Código de Procesal Penal con fundamento en el cuidado de su hijo de menor de 5 años”, explicó la magistrada al fundamentar el rechazo a la solicitud de excarcelación.
Y agrega: “Los incumplimientos injustificados de la prohibición de publicar contenidos en redes en el corto lapso transcurrido desde su imposición, hacen presumir que tampoco observará las reglas que se le puedan imponer como condición de la libertad”.
El 11 de marzo pasado, cuando se le otorgó el beneficio del arresto domiciliario, se le fijaron una serie de pautas de conductas que la joven, de 27 años, debía cumplir. Entre éstas se destaca la prohibición de acceso a redes sociales. Sin embargo, para la Justicia, Morena incumplió las reglas que se le impusieron.
Según el expediente judicial, el 29 de abril pasado, se “constataron publicaciones en la cuenta de la encartada de la red social Instagram con incitación a la violencia y a la conspiración social por la muerte de un amigo en una comisaría en Córdoba. El 4 de mayo pasado, por lo que se celebró una nueva audiencia con presencia de las partes, donde la imputada brindó sus explicaciones junto con sus tutores, quienes nuevamente se comprometieron a vigilar el cumplimiento de todas las reglas y prevenir la repetición”.
Pero, en las últimas horas, la Justicia dio por acreditado un nuevo incumplimiento de Rial: una publicación en el perfil de Instagram de la joven con “una invitación a hacer apuestas”, según se desprende de la resolución firmada por la jueza Coelho.
“No siendo atendibles las extensas aclaraciones formuladas al respecto por el distinguido Defensor, toda vez que se encuentra probado que la publicación se realizó, por lo menos, 17 horas antes de la visualización efectuada por la suscripta el lunes pasado [por anteayer] a las 11, conforme surge de la fotografía contenida en el informe actuarial y la filmación de la publicación realizada con el teléfono celular de la suscripta, que como todos los medios digitales posee time stamp, logs y metadatos que acreditan que en ese momento la ‘historia’ estaba publicada en la cuenta de la imputada”, continuó la jueza.
Previo al fallo judicial de este miércoles, el abogado D’Angelo había presentado un escrito donde hizo una serie de aclaraciones sobre la publicación de Instagram que, según la Justicia, hizo Rial.
“La fotografía a que alude el informe actuarial fue subida al perfil de Instagram de mi asistida el día 14 de diciembre de 2025, y fue tomada con anterioridad a esa fecha, cuando la señorita Rial se encontraba en libertad. Es decir, el contenido preexiste en casi tres meses a la audiencia del 11 de marzo de 2026 en la que se impusieron las reglas de conducta cuya violación se informa. La fecha de carga de una publicación de Instagram no es materia opinable ni depende del dicho de la imputada, es un dato objetivo que la propia plataforma exhibe junto a cada publicación y que consta en los registros del prestador del servicio, de modo que su verificación se encuentra al alcance inmediato del Tribunal por los medios de prueba que se ofrecen en el apartado VI. A mayor abundamiento, acompaño al presente una fotografía de la señorita Rial tomada por ella misma en el día de ayer, 6 de julio de 2026, en la que puede observarse que su corte y color de pelo actuales no coinciden con los que presenta en la fotografía obtenida. La simple comparación de ambas imágenes evidencia, de manera perceptible a simple vista y sin necesidad de conocimiento técnico alguno, que la fotografía advertida en el perfil es de data muy anterior y no refleja la apariencia actual de mi asistida”, había explicado el abogado defensor.
Pero, como se dijo, para la jueza Coelho se acreditó que la publicación en Instagram había sido el fin de semana pasado. Y, al resolver no hacer lugar al pedido de libertad condicional, mantuvo y amplió las reglas de conducta que debe cumplir Rial y dispuso la obligación de someterse a “una evaluación y seguimiento psiquiátrico y un tratamiento psicológico, de los que deberá rendir cuenta en el término de diez días desde su notificación”, según la resolución.
Rial había sido detenida por un robo ocurrido el 18 de enero de 2025 cerca de las 22 en una casa situada en José María Moreno al 2700, en Villa Adelina. El inmueble estaba vacío: sus propietarios estaban de vacaciones en Pinamar.
La influencer fue declarada penalmente responsable por el delito de “robo triplemente agravado por haber sido cometido mediante escalamiento, efracción, y en poblado y en banda (hecho uno), en concurso con robo doblemente agravado por su comisión en poblado y en banda y por haber sido cometido mediante efracción (hecho dos), en concurso real con robo doblemente agravado por su comisión en poblado y en banda y por haber sido cometido mediante efracción (hecho tres)”.
Morena irá a juicio oral en otro caso
En tanto, el 21 de septiembre comenzará otro juicio oral contra la mediática por una causa de robos y amenazas presuntamente cometidos contra dos exnovios, Dylan Rodríguez y Facundo Ambrosioni Lutri.
El proceso se llevará a cabo en la Cámara en lo Criminal y Corrección de 11ª Nominación de la ciudad de Córdoba.
La acusación formal contra Morena es robo, hurto, amenazas y coacción. Meses atrás había solicitado una probation y una reparación económica para los damnificados, pero ambos lo rechazaron y pidieron que sea juzgada en un debate. (P12)