viernes, 13 de febrero de 2026

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Cristina Kirchner insistió ante Casación para que le quiten la tobillera y se revoquen límites a visitas y salidas a la terraza

La defensa de Cristina Kirchner insistió hoy con su pedido ante la Justicia para que se le quite la tobillera electrónica a la detenida ex presidenta y reclamó también que se revoquen los límites a las visitas y al acceso diario a la terraza en su arresto domiciliario
Cristina Kirchner saluda desde el
Cristina Kirchner saluda desde el balcón de San José 1111. Volvió a reclamar que le quiten la tobillera

La defensa de Cristina Kirchner insistió hoy con su pedido ante la Justicia para que se le quite la tobillera electrónica a la detenida ex presidenta y reclamó también que se revoquen los límites a las visitas y al acceso diario a la terraza en su arresto domiciliario.

Por su parte, el fiscal ante la Cámara Federal de Casación Mario Villar dictaminó que los recursos deben ser rechazados. Sostuvo que tienen que seguir vigentes las decisiones del Tribunal Oral Federal 2 sobre el uso de tobillera electrónica y la forma de cumplir la prisión domiciliaria.

La decisión será ahora de la sala IV de Casación integrada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. Los dos últimos magistrados ya rechazaron por mayoría planteos vinculados a las condiciones de detención de la ex presidenta, entre ellos el reclamo por la tobillera.

Ahora la defensa insistió una vez más sobre este punto y remarcó que desde que quedó presa con arresto domiciliario el 17 de junio de 2025, CFK cumplió con todas las normas que se le impusieron e incluso se gestionaron todos los permisos cuando tuvo que ser internada de urgencia este verano, según el escrito al que tuvo acceso Infobae.

Tobillera, visitas y terraza

Los abogados de la ex presidenta condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa VialidadCarlos Beraldi y Ary Llernovoy, insistieron también para que se dejen sin efecto todos los límites a las visitas, es decir, que no tenga que pedir más permiso cuando quiera recibir gente no incluida en un listado de allegados.

En caso de no prosperar esta primera petición, reclamó al menos que se revoquen los nuevos límites sobre cantidad de visitantes simultáneos y periodicidad de los encuentros que le impuso el Tribunal Oral Federal 2 luego del escándalo público que generó una reunión con nueve economistas en el domicilio de San José 1111 el año pasado.

En el régimen de visitas original, remarcó la defensa, “no se contemplaban ni limitaciones diarias ni de horario alguno”.

La ex presidenta “dio estricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones que le fueron impuestas”, aseguró la defensa.

“Jamás se ausentó de su domicilio y siempre utilizó el dispositivo electrónico que le fuera colocado” y “ninguna persona” la visitó “sin contar con una autorización judicial previa”. Tampoco hubo conductas que pudieran alterar la tranquilidad del barrio o la convivencia pacífica con los vecinos, según surge de los informes de control encargados por el Tribunal.

La cuestionada visita de economistas
La cuestionada visita de economistas a San José 1111 del 17 de noviembre pasado

El 19 de noviembre pasado, el juez de ejecución de la condena por el TOF2 Jorge Gorini, resolvió que la ex presidenta reciba visitas dos días a la semana, por dos horas diarias y sin superar tres personas en cada encuentro, como respuesta a la imagen que circuló en redes sociales y que la mostró con nueve economistas dos días antes.

El 17 de diciembre en otra resolución, se mantuvo ese régimen y se limitó la nómina de autorizados a visitarla sin necesidad de permiso previo. Además, se fijó un límite de dos horas diarias para paseos al aire libre en la terraza del edificio.

Sobre la tobillera, una vez más se recordó que la ex presidenta tiene custodia en la puerta del domicilio las 24 horas, que se incrementó a raíz de las nuevas limitaciones a las visitas y eso “torna lisa y llanamente imposible cualquier eventual intento de fuga”.

En estas condiciones, “a esta altura el uso de una tobillera electrónica por parte de nuestra representada carece de todo fundamento fáctico y jurídico”, argumentaron los abogados.

“Jamás existió el más mínimo riesgo elusivo que justificase la utilización de una tobillera electrónica por parte de nuestra defendida. Así lo había advertido el juez Borinsky el 11 de julio pasado”, agregó en relación al voto en minoría del magistrado, quien consideró que no correspondía imponer la tobillera electrónica por “tratarse de una persona de público conocimiento (cualquier salida seguramente sería inmediatamente detectada y probablemente mediatizada), que estuvo a derecho y que posee custodia policial las veinticuatro horas”.

La Corte Suprema desestimó por razones formales un recurso sobre esta cuestión pero para la defensa “no trató ninguno de los agravios” y “no ingresó a la cuestión de fondo”, agregó además el escrito.

CFK “hizo un uso correcto de la tobillera que le fuera colocada y jamás intentó evadirse de su domicilio”.

La terraza: castigo arbitrario

Sobre la ida a la terraza de San José 1111, la defensa cuestionó por “arbitraria” la decisión de poner un límite de dos horas por día. “No se ha invocado, pues no existe, ninguna norma que faculte a los jueces a disponer en qué días y en qué horarios una persona que cumple pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria puede acceder al patio, al balcón o a la terraza de su domicilio”.

“Es decir, tal como ocurre con el régimen de visitas instaurado, las restricciones impuestas respecto a la concurrencia a la terraza del edificio donde cumple pena nuestra representada carece de todo sustento normativo y, por ende, resulta lesiva del principio de legalidad sustantiva y del principio de reserva”, concluyó. La medida es un “castigo adicional y arbitrario”.

“No se conocen antecedentes en los cuales se hayan impuesto restricciones similares a otras personas que cumplen su pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria”, se agregó.

Ya con los escritos de defensa y fiscalía, los jueces de Casación quedaron en condiciones de resolver. (Infobae)


jueves, 12 de febrero de 2026

TODAVÍA NO PAGÓ NADA... "ESTÁ EN DISCUSIÓN": Piden avanzar con el decomiso de propiedades de Cristina Kirchner y sus hijos por la condena en la causa Vialidad

Está en discusión si pueden quitarles bienes heredados o comprados con anterioridad a los hechos juzgados. Definirá la Cámara Federal de Casación Penal


Una nueva instancia decisiva se abrió en la etapa de ejecución de la condena por la causa Vialidad, donde la Justicia busca recuperar el dinero de la corrupción en la obra pública. El Fiscal General ante la Cámara Federal de Casación Penal, Mario Villar, dictaminó que corresponde avanzar con el decomiso de las propiedades de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y de sus hijos, Máximo y Florencia, y en consecuencia rechazar los planteos de su defensa.

La disputa gira en torno al despojo de 20 propiedades y activos financieros destinados a cubrir los $684.990.350.139,86 fijados por el Tribunal Oral Federal N° 2 para reparar el daño al Estado.

Para alcanzar esa suma, el juez Jorge Gorini ordenó a finales de 2025 la ejecución de bienes de los nueve condenados en Vialidad de forma solidaria. En el caso puntual de la familia Kirchner, la orden abarcó un total de 20 inmuebles, de los cuales solamente uno está a nombre de CFK. Los 19 restantes correspondieron a bienes que sus hijos recibieron como herencia.

La respuesta de la ex presidenta

Las defensas reaccionaron con fuertes críticas a esta decisión y presentaron recursos de casación para frenar el remate de los activos. Los abogados de la familia Kirchner argumentaron que la medida afectó a terceros que no formaron parte del proceso penal ni recibieron condena alguna, en referencia a Máximo y Florencia Kirchner.

Sostuvieron que avanzar sobre los bienes heredados de Néstor Kirchner, quien falleció mucho antes del juicio oral y no pudo ser juzgado, implicó una violación a los derechos de propiedad y una extensión ilegítima de la pena.

Cristina Kirchner cumple su condena
Cristina Kirchner cumple su condena por la causa Vialidad en prisión domiciliaria (Foto: EFE/Matías Martín Campaya)




Otro de los puntos cuestionados por los letrados defensores fue el alcance temporal de la medida. Alegaron que la Justicia intentó decomisar bienes que ingresaron al patrimonio familiar con anterioridad a la fecha en que se cometieron los delitos investigados. En sus escritos, calificaron la orden del tribunal como una “confiscación encubierta” que funcionó en la práctica como una indemnización civil general, algo que, según su visión, no está contemplado en la ley.

También denunciaron que se invirtió la carga de la prueba, obligando a los imputados y a sus hijos a demostrar la inocencia de su patrimonio en lugar de que el Estado probara el origen ilícito de las propiedades.

Sin embargo, el Fiscal General Villar desestimó estos argumentos en su dictamen firmado en los últimos días. Según explicó, el decomiso no constituye una nueva pena ni una sanción autónoma, sino que es la consecuencia necesaria y legal de una sentencia firme por delitos de corrupción.

Para la Fiscalía, el objetivo no es castigar nuevamente a los condenados, sino privarlos de los beneficios económicos obtenidos a través del delito y evitar que esas ganancias se consoliden en el tiempo.

Villar subrayó que, en casos de criminalidad económica organizada corrupción, no resulta exigible una correspondencia matemática exacta entre cada billete desviado y cada bien adquirido. El fiscal avaló el criterio del TOF N° 2, que se basó en el incremento patrimonial injustificado y la simultaneidad temporal entre las maniobras delictivas y el enriquecimiento de los funcionarios y empresarios involucrados.

Respecto de los bienes a nombre de los hijos, la Fiscalía sostuvo que la transferencia de activos a herederos no puede servir como una barrera para impedir que el Estado recupere lo que se le sustrajo ilegalmente.

Más condenados, más propiedades

El dictamen de Villar también abordó la situación de otros condenados que intentaron salvar sus propiedades. La defensa de Raúl Gilberto Pavesi, por ejemplo, peleó específicamente por un departamento ubicado en la calle Juncal al 2100, en la Ciudad de Buenos Aires. Argumentó que ese inmueble fue comprado con fondos lícitos antes de que Pavesi asumiera el cargo público cuestionado.

La Cámara Federal de Casación
La Cámara Federal de Casación Penal decidirá sobre los decomisos de la causa Vialidad (Foto: Franco Fafasuli)


No obstante, el fiscal mantuvo su postura de confirmar el fallo apelado, indicando que el proceso penal no es el ámbito para discutir la titularidad o el origen de los bienes una vez firme la condena. Según citó Villar, el Código Penal establece que cualquier litigio sobre la propiedad o restitución de los bienes debe tramitarse por una vía administrativa o civil separada, sin frenar la ejecución de la sentencia penal.

Por último, el representante del Ministerio Público recordó los compromisos internacionales asumidos por la Argentina. Mencionó que la Convención Interamericana contra la Corrupción y los tratados de las Naciones Unidas obligan al Estado a perseguir estos delitos y a recuperar los activos para evitar que la impunidad se perpetúe a través del disfrute de las ganancias ilícitas.

Con este dictamen sobre la mesa, la Cámara de Casación quedó en condiciones de adoptar la decisión final sobre el destino de las propiedades y el recupero de los fondos millonarios reclamados por la justicia. (Infobae)

Llamativo...

 

SIGUE SIENDO LA DUEÑA DEL PAÍS: JUSTICIA CORRUPTA Y MALDITA... NUNCA SEREMOS UN PAÍS EN SERIO MIENTRAS NO HAYA CAMBIOS DRÁSTICOS

 

La Justicia ordenó restituir la pensión vitalicia de Cristina Kirchner, pero el Gobierno apelará

La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó restituir de manera provisoria el beneficio como viuda de Néstor Kirchner. El Ministerio de Capital Humano confirmó que se presentará un recurso federal extraordinario para frenar la medida
Cristina Kirchner obtuvo una resolución
Cristina Kirchner obtuvo una resolución favorable de la Cámara Federal de Seguridad Social

La Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó este jueves suspender los efectos de la resolución administrativa que había dado de baja la pensión vitalicia que percibía Cristina Fernández de Kirchner como viuda del expresidente Néstor Kirchner, y dispuso su restablecimiento mientras se tramite el juicio principal contra la ANSES.

Fuentes del Ministerio de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovello, anticiparon a Infobae que presentará un recurso federal extraordinario a través del equipo de Legales de la Administración Nacional de la Seguridad Social para frenar la medida y mantener la quita.

La decisión que benefició a la ex presidenta, que cumple una pena de prisión de seis años por corrupción, fue adoptada por la Sala III del tribunal previsional, en el expediente “Fernández Cristina Elisabet c/ ANSES s/ Nulidad de acto administrativo”, al hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto contra el rechazo de una medida cautelar en primera instancia.

El juez Sebastián Russo, cuyo voto encabezó el acuerdo, sostuvo que en el caso se encontraban reunidos los requisitos para conceder la tutela cautelar. En particular, indicó que debía otorgarse “prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo”.

La resolución cuestionada es la 2024-1092-ANSES, por la cual el organismo previsional dispuso la baja del beneficio de asignación mensual vitalicia N° 40-5-8085213-0, reconocido en su carácter de “causahabiente” del ex presidente fallecido en 2010.

En su exposición, Russo afirmó que “el acto administrativo cuestionado no exhibe, en esta etapa inicial, un nexo causal claro y suficiente entre los motivos invocados y la baja del beneficio de pensión cuya rehabilitación se pretende”. También precisó que ese aspecto deberá ser analizado con mayor profundidad al momento de resolver el fondo del litigio.

En cuanto al peligro en la demora, uno de los recaudos estipulados para la aplicación de la cautelar solicitada, el magistrado indicó que “la suspensión del beneficio priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria, circunstancia que resulta idónea para generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior”. Sobre esa base, entendió procedente el dictado de una medida innovativa que suspenda preventivamente los efectos de la baja.

La Sala III hizo lugar
La Sala III hizo lugar a una medida cautelar y dejó sin efecto, en forma preventiva, la resolución 2024-1092-ANSES que había dado de baja el beneficio derivado del fallecimiento de Néstor Kirchner (EFE/Jorge Aloy)



El tribunal resolvió: “hacer lugar parcialmente” al recurso y “suspender los efectos de la resolución 2024-1092-ANSES, en relación al beneficio derivado del fallecimiento de quien en vida fuera su esposo, mientras dure la sustanciación del presente juicio”.

El juez Juan Fantini Albarenque adhirió al voto de Russo. La jueza Nora Dorado no firmó la sentencia por encontrarse en uso de licencia, según consta en el fallo al que tuvo acceso Infobae.

Contexto del caso

La medida cautelar fue solicitada luego de que, a fines de 2024, la ANSES resolviera dar de baja dos prestaciones que percibía la ex presidenta: la pensión como viuda de Néstor Kirchner y la asignación mensual vitalicia por haber ejercido la Presidencia de la Nación, tras confirmarse su condena en la causa conocida como Vialidad. Por esa causa, CFK cumple una condena de prisión domicliaria en San José 1111.

En primera instancia, el Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1 había rechazado la cautelar. Esa decisión fue apelada por la defensa de Fernández de Kirchner, patrocinada por el abogado Fernández Pastor en materia previsional.

La Sala III aclaró que la suspensión cautelar no interfiere con lo que eventualmente pueda decidir el juez competente en materia de ejecución penal respecto del alcance del artículo 19 del Código Penal y las penas accesorias. Señaló expresamente que corresponde a ese fuero evaluar la forma en que se ejecuta una condena penal.

En el análisis del tribunal, la discusión sobre la validez de la baja dispuesta por ANSES deberá resolverse en la sentencia definitiva. La decisión actual tiene carácter estrictamente provisorio y se limita a preservar la situación mientras se sustancia el proceso principal de nulidad del acto administrativo.

El monto actualizado de la pensión vitalicia no surge del expediente examinado en esta etapa cautelar. En años anteriores, informes públicos habían consignado que el beneficio rondaba cifras millonarias, aunque esos valores pueden haber variado conforme a las actualizaciones previstas por la normativa vigente.

Con esta resolución, la ex presidenta volverá a percibir la pensión derivada del fallecimiento de Néstor Kirchner mientras continúe la tramitación del juicio contra la ANSES, en el que se discutirá la legalidad de la baja del beneficio.

Comunicado oficial

Horas después de la resolución, el Poder Ejecutivo lanzó un comunicado oficial a través de un posteo en su cuenta oficial de X -ex Twitter- de la cartera encabezada por Petovello, donde expresó: “El Ministerio de Capital Humano comunica que, a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), interpondrá Recurso Extraordinario Federal contra la sentencia dictada por la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que reestableció la asignación mensual vitalicia otorgada a Cristina Fernández de Kirchner como viuda del ex presidente Néstor Carlos Kirchner, la cual fuera dada de baja por la Resolución N° RESOL-2024-1092-ANSES-ANSES”.

El gobierno buscará, así, llegar a la máxima instancia judicial para que la Corte Suprema revise la decisión que favoreció a la expresidenta. (Infobae)

Comentario de un lector de La Ventana en el post:

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Se PUDRIÓ TODO en la SUCESIÓN DE LANATA, NANCY PAZOS ENCADENADA y la vuelta de Jésica Cirio / QUE MIEDO (VIDEO)

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