MALA NOTICIA PARA LA FUTURA 2 https://t.co/ODTeYxCIiM— Eduardo Feinmann (@edufeiok) November 12, 2019
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martes, 12 de noviembre de 2019
MALA NOTICIA PARA LA FUTURA 2
lunes, 26 de noviembre de 2018
Carrió
El apartamiento de Martin Irurzun en la causa de la ruta del dinero K es una verdadera desgracia para los que buscamos justicia hace 30 años.— Elisa Lilita Carrió (@elisacarrio) 24 de noviembre de 2018
Quiero destacar la labor extraordinaria de muchísimos años de Martin Irurzun y de Horacio Cattani para combatir la corrupción y no permitir que se cierren las causas.— Elisa Lilita Carrió (@elisacarrio) 24 de noviembre de 2018
jueves, 22 de noviembre de 2018
Ruta del dinero K: desplazaron a uno de los camaristas que promovía la indagatoria de Cristina Kirchner
Se trata de Martín Irurzun. Fue recusado por Ricardo Echegaray. Es uno de los jueces que había pedido acusar a CFK y debía revisar ahora la falta de mérito con la que fue beneficiada la ex jefa de Estado
El juez Martín Irurzun, presidente de la Cámara Federal, fue desplazado de la causa de la ruta del dinero K, que tiene como principal imputado al empresario Lázaro Báez.
La Cámara Federal de Casación Penal decidió hacer lugar a un pedido de recusación que motorizó la defensa del ex jefe de la AFIP Ricardo Echegaray, procesado por encubrimiento agravado y a punto de ser enviado a juicio oral por este hecho. Irurzun es uno de los jueces que debía revisar la falta de mérito de Cristina Kirchner.
En esa causa también están siendo enjuiciados los hijos de Báez, Leonardo Fariña y Federico Elaskar, entre otros. Y también es investigada la ex presidenta Cristina Kirchner. Precisamente fue Irurzun el que impulsó el llamado a indagatoria de la ex jefa de Estado.
Irurzun no podrá revisar la situación de la ex Presidente. Justamente hoy entraron a la Sala II los recursos de la Oficina Anticorrupción, la Unidad de Información Financiera y la AFIP, -querellantes que apelaron la falta de mérito con la que fue beneficiada la ex jefa de Estado.
Según revelaron a Infobae fuentes judiciales, la Sala II, integrada en estos momentos solo por Irurzun, tampoco intervendrá más en el análisis de la situación de Ricardo Echegaray ni en otras aristas de la investigación que quedaron abiertas en el juzgado del magistrado Sebastián Casanello.
A Echegaray y el ex titular de la DGI Ángel Toninelli los acusan de encubrimiento agravado y violación de los deberes de funcionario. Las sospechas en su contra apuntan a los orígenes del lavado de dinero a través de facturas apócrifas y los controles fiscales a Austral Construcciones. Casanello estaba por elevar esta parte de la investigación a juicio oral. Ahora la confirmación del procesamiento de Echegaray y Toninelli quedó anulada.
La vinculación de la AFIP con el caso Báez
El ex juez Norberto Oyarbide había sobreseído a Echegaray y a Toninelli por esas sospechas a raíz de las facturas truchas. En paralelo, la entonces diputada Margarita Stolbizer los denunció en la causa de la ruta del dinero ante la sospecha de que Austral Construcciones S.A. (empresa insignia de Báez) habría montado, junto con al menos tres grupos de Bahía Blanca, una maniobra defraudatoria contra el Estado.
Casanello procesó a Echegaray y a Toninelli. La defensa se quejaba porque supuestamente lo estaban procesando por el mismo hecho por el cual ya había sido sobreseído. Irurzun rechazó la recusación y confirmó junto a Leopoldo Bruglia el procesamiento que dictó Casanello.
Todo eso llegó a Casación por la apelación de la defensa. Y los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña decidieron darle la razón a los abogados de el ex jefe de la AFIP.
"Soy de la opinión que se darían las circunstancias de excepción previstas en la normativa vigente por lo que se encuentra debidamente fundado el temor de parcialidad invocado por la parte, según los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto al alcance de dicha garantía", argumentó Borinsky.
Por su parte, Hornos señaló que "en materia de imparcialidad, las apariencias juegan un rol fundamental, el juez no sólo debe ser imparcial sino también parecerlo" y "los motivos suficientemente señalados por la defensa, especialmente, respecto a la intervención respecto del asunto, podrían razonablemente trasladarse siquiera a una sospecha sobre la dirección su pronunciamiento, cualquiera fuere éste en definitiva. Y eso es, precisamente, lo que la garantía de imparcialidad en su aspecto objetivo pretende evitar".
A su turno, Barroetaveña apoyó el criterio de sus colegas: "Resultan atendibles las críticas de la defensa en cuanto sostiene que las valoraciones efectuadas en ese contexto no permiten descartar que el magistrado recusado se haya formado una opinión respecto del asunto que ahora fue sometido a su revisión. Esta es la razón por la que ha considerado la defensa que existe una duda razonable de la falta de posición tomada con respecto a la controversia que debe resolver". (Infobae)
El juez Martín Irurzun, presidente de la Cámara Federal, fue desplazado de la causa de la ruta del dinero K, que tiene como principal imputado al empresario Lázaro Báez.
La Cámara Federal de Casación Penal decidió hacer lugar a un pedido de recusación que motorizó la defensa del ex jefe de la AFIP Ricardo Echegaray, procesado por encubrimiento agravado y a punto de ser enviado a juicio oral por este hecho. Irurzun es uno de los jueces que debía revisar la falta de mérito de Cristina Kirchner.
En esa causa también están siendo enjuiciados los hijos de Báez, Leonardo Fariña y Federico Elaskar, entre otros. Y también es investigada la ex presidenta Cristina Kirchner. Precisamente fue Irurzun el que impulsó el llamado a indagatoria de la ex jefa de Estado.
Irurzun no podrá revisar la situación de la ex Presidente. Justamente hoy entraron a la Sala II los recursos de la Oficina Anticorrupción, la Unidad de Información Financiera y la AFIP, -querellantes que apelaron la falta de mérito con la que fue beneficiada la ex jefa de Estado.
Según revelaron a Infobae fuentes judiciales, la Sala II, integrada en estos momentos solo por Irurzun, tampoco intervendrá más en el análisis de la situación de Ricardo Echegaray ni en otras aristas de la investigación que quedaron abiertas en el juzgado del magistrado Sebastián Casanello.
A Echegaray y el ex titular de la DGI Ángel Toninelli los acusan de encubrimiento agravado y violación de los deberes de funcionario. Las sospechas en su contra apuntan a los orígenes del lavado de dinero a través de facturas apócrifas y los controles fiscales a Austral Construcciones. Casanello estaba por elevar esta parte de la investigación a juicio oral. Ahora la confirmación del procesamiento de Echegaray y Toninelli quedó anulada.
La vinculación de la AFIP con el caso Báez
El ex juez Norberto Oyarbide había sobreseído a Echegaray y a Toninelli por esas sospechas a raíz de las facturas truchas. En paralelo, la entonces diputada Margarita Stolbizer los denunció en la causa de la ruta del dinero ante la sospecha de que Austral Construcciones S.A. (empresa insignia de Báez) habría montado, junto con al menos tres grupos de Bahía Blanca, una maniobra defraudatoria contra el Estado.
Casanello procesó a Echegaray y a Toninelli. La defensa se quejaba porque supuestamente lo estaban procesando por el mismo hecho por el cual ya había sido sobreseído. Irurzun rechazó la recusación y confirmó junto a Leopoldo Bruglia el procesamiento que dictó Casanello.
Todo eso llegó a Casación por la apelación de la defensa. Y los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña decidieron darle la razón a los abogados de el ex jefe de la AFIP.
"Soy de la opinión que se darían las circunstancias de excepción previstas en la normativa vigente por lo que se encuentra debidamente fundado el temor de parcialidad invocado por la parte, según los estándares establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto al alcance de dicha garantía", argumentó Borinsky.
Por su parte, Hornos señaló que "en materia de imparcialidad, las apariencias juegan un rol fundamental, el juez no sólo debe ser imparcial sino también parecerlo" y "los motivos suficientemente señalados por la defensa, especialmente, respecto a la intervención respecto del asunto, podrían razonablemente trasladarse siquiera a una sospecha sobre la dirección su pronunciamiento, cualquiera fuere éste en definitiva. Y eso es, precisamente, lo que la garantía de imparcialidad en su aspecto objetivo pretende evitar".
A su turno, Barroetaveña apoyó el criterio de sus colegas: "Resultan atendibles las críticas de la defensa en cuanto sostiene que las valoraciones efectuadas en ese contexto no permiten descartar que el magistrado recusado se haya formado una opinión respecto del asunto que ahora fue sometido a su revisión. Esta es la razón por la que ha considerado la defensa que existe una duda razonable de la falta de posición tomada con respecto a la controversia que debe resolver". (Infobae)
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