domingo, 5 de octubre de 2025

¿Y esto? Multa por amamantar (VIDEO)

 


7 comentarios:

  1. No hay ningun Y ESTO. Ley provincial de Tránsito 8560 articulo 39,40 y 80. De donde es el conductor, circulaba por Ruta 36, pero adonde vive, porque si es de córdoba no debe saber las Leyes para circular.

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  2. La MULTA NO FUE POR AMAMANTAR. Fue POR NO LLEVAR CIMTURÓN.
    Que no INVENTE EL COMDUCTOR.
    La madre DEBERÍA IR EN EL ASIENTO TRASERO con el BB y ahí darle su comida.
    Eva

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  3. La Ley de Tránsito dice: Frenar el vehiculo para amamantar.

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  4. no veo cual es el problema , el menor no debe ir en el asiento delantero

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  5. Hay normas que cumplir, como esos que suben criaturas en sus motos.

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  6. Analfabestia.Pobre pais!!!

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  7. Si eso les escandaliza figurense cuanta bronca me da ver de vez en cuando a lo que llamo la "familia sandwich"en una moto los 2 padres y entre ellos 2 nenes,que si se caen se desgracian o se matan,y la policia y autoridades ni caso hacen a tales barbaridades.

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