miércoles, 18 de julio de 2018

Nueva ley de consorcios. Todo lo que tenés que saber

La legislatura de la ciudad auto aprobó la nueva ley de consorcios que pretende darle mayor poder a los vecinos para controlar a los administradores. Ahora deberán liquidar las expensas en una plataforma digital y poner a disposición de los vecinos todos los documentos respaldatorios de su gestión.
Nueva ley de control de administradores en consorcios

La legislatura porteña aprobó una nueva ley que tiene como fin declarado facilitar a los copropietarios la documentación e información de la gestión del administrador del consorcio en forma electrónica: armarán una web pública llamada Consorcio Participativo. Cada consorcio tendrá acceso a sus datos y centralizará toda la gestión.

Ahora, los administradores deberán realizar la liquidación de expensas a través de esa plataforma Consorcio Participativo que servirá además para las notificaciones. La idea es centralizar ahí toda la gestión: el administrador para subir los estados de cuenta, notificaciones y demás y los vecinos para oponerse a lo votado en una asamblea, siempre que se dé una causal para impugnarla (ejemplo, falta de mayorías, violar la ley o el reglamento). También podrán enviar tickets o reclamos.

Toda la información de las compras y las contrataciones de seguros y trabajos de mantenimiento quedarán así disponibles para su consulta desde un portal exclusivo para cada edificio (es decir, será pública pero de acceso privado, por ser info. personal) en caso de remoción del administrador esa información quedará en poder de los vecinos y no podrán aparecer gastos desconocidos o facturas reiteradas. ¿Mayor control de vecinos o intromisión estatal? Desde ya los fines son nobles, pero ¿Los medios son razonables?

Además la ley fija nuevas obligaciones como por ejemplo, en caso de renuncia, cese o remoción, el administrador deberá poner a disposición del consorcio dentro de los 15 días hábiles la documentación respaldatoria en papel relativa a su administración. También se fija la obligación de notificar a los propietarios la existencia de reclamos, sanciones y/o presentaciones judiciales que afecten al consorcio, dentro de las 48hs hábiles de recibida la comunicación respectiva.

En adelante cada administrador deberá responder con su patrimonio por toda erogación proveniente del ejercicio indebido de su administración y/o infracción a las normas que regulan la actividad, salvo disposición contraria de la asamblea de propietarios. En este punto, ¿La ley modifica el código civil y comercial? En tal caso deviene inconstitucional. ¿O simplemente reglamenta la prueba de que esos gastos se asintieron? ¿Trabará o agilizará la gestión?

Además el administrador deberá depositar los fondos en una cuenta a nombre del Consorcio de Propietarios y no personal. El Banco Ciudad garantizará la gratuidad de una cuenta corriente lo que permitirá un ahorro a los consorcios que ya tengan cuenta de siete mil doscientos pesos al año, dicen desde la versión oficial.

Respecto a la liquidación de gastos se fija la obligación de indicar en forma diferenciada los importes correspondientes a expensas ordinarias y extraordinarias. Asimismo deberá garantizar y controlar el cumplimiento de la normativa vigente en relación a la protección y mantenimiento edilicio, promoviendo el cuidado del agua potable conforme ordenamiento vigente.



9 comentarios:

  1. Yo quiero que los porteros que tienen vivienda cobren la mínima y que los años se sumen de la misma forma que otros trabajos con ese sistema. Ojalá que metan en cana a Santa María y que promulguen una ley al respecto, que se les estanque el sueldo hasta equiparar el mínimo.

    (No soy la loca de los porteros, pero me cansa que cobren una fortuna, no hagan nada cuando se les paga luz, gas y teléfono, y uno se tiene que deslomar para pagarles el sueldo)

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  2. Está todo bien, yo si me preocupé cuando el Pro, y el FpV, entre gallos y medianoche aprobaron la Ley de Protección a los Porteros, de verdad fué una vergüenza, la mayoría de la gente ni sabía, ni la conocía, fuimos muy pocos, junto con las Redes luchamos para que se derogue.
    NO ES EL CASO DE MI EDIFICIO, pero en otros, se incrementaron los expensas por los sueldos de los Porteros, LOS PROPIETARIOS DEBEMOS ESTAR CUANDO SE CONVOQUE A PARITARIAS, yo he conocido gente, mayores esp. (en otros edificios)han tenido que dejar su
    Dpto. por el aumento de estos vagos

    Sigan jodiendo con estos vagos de los peronistas, sigan deseando que se vaya Macri, ya verán lo que nos espera.

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  3. 16:08 estoy de acuerdo, los porteros son como parasitos.

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  4. Insisto y con los encargados que hacemos?????
    Estamos cansados de pagarles y mantenerlos y vivan gratis con el esfuerzo de los propietarios
    Esto no es igualdad ante la ley

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  5. En cuanto coenzó el gobierno de MM se hicieron insoportables approaches entre Rodríguez Larreta y el KK Santa María. Le dio terrenos para un polo audiovisual, etc. etc. Recién salíamos de una expoliación sin precedentes. No sólo hay que ser honesto, también parecerlo. Y esa ley 5464. Se fueron de madre cuando las heridas del pasado reciente estaba a flor de piel. Yo era loca de los porteros, ahora estoy más tranquila porque veo gestos de enmienda aunque la causa penal del sindicalista esté recontra planchada.

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  6. Hay que poner porteros que cobren por hora y sin vivienda.. y San seacabo!

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  7. BASTA DE ENCARGADOS!!!
    Salvo alguna vieja chupamedia que quiere que le cambie el cuerito NADIE LOS QUIERE NI NECESITA.Estan todo el dia chusmeando en la puerta con sus pares vecinos, saben vida y obra de los propietarios, hay que pagarles miles de cargas sociales mas miles de horas extras inventadas.
    EMPRESAS INDEPENDIENTES DE LIMPIEZA YA!!!

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  8. Vivo en un país sin porteros. Tenemos una empresa que limpia las escaleras y hall dos veces a la semana. Soy feliz.

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  9. y en la provincia, para cuando una ley que proteja de los administradores de edificios?

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