jueves, 27 de julio de 2017

Lousteau tilda de “innecesaria” una obra que él impulsó. No saben ni lo que firman

Esta semana el candidato a diputado nacional por la Ciudad de Buenos Aires criticó el soterramiento del Sarmiento que él firmó en 2008 cuando era funcionario K

En campaña, muchas veces los políticos quedan expuestos a su propio “archivo”: las promesas de campaña o las propuestas electorales entran en cortocircuito con lo que han hecho o dicho en el pasado.
Algo de esto le ocurrió al precandidato a diputado nacional por el frente Evolución, Martín Lousteau, cuando criticó en las últimas horas el soterramiento del Sarmiento, una obra impulsada por el actual Gobierno Nacional.
“Hay obras que el Gobierno de Rodríguez Larreta está haciendo que son innecesarias, y se gastan miles de millones de dólares, como el soterramiento del ferrocarril (ex) Sarmiento”, sostuvo el exembajador argentino en los Estados Unidos.
Sin embargo, Lousteau no siempre pensó igual acerca de esta obra.
De hecho, uno de los primeros en firmar el decreto para su construcción en 2008 es quien ahora, de manera llamativa, salió a criticar la iniciativa. Lousteau -junto a Julio De Vido, Alberto Fernández y la por entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner- firmó el decreto 151/2008 en el que adjudicaba la obra del soterramiento del ferrocarril.
En el boletín oficial salió publicado el 23 de enero del 2008, cuando Lousteau era ministro de Economía del gobierno de Cristina. Ahora, de campaña, parece haber cambiado de idea.

Mirá el decreto completo:

DECRETO 151/2008 con fecha el 23/1/2008
Adjudicase la obra “Soterramiento del Corredor Ferroviario Caballito-Moreno”, de la Línea Sarmiento.
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Adjudicase la obra “Soterramiento del Corredor Ferroviario CABALLITO – MORENO, de la Línea SARMIENTO, conformado por la ETAPA I: CABALLITO – LINIERS (CIUDADELA); ETAPA II: LINIERS (CIUDADELA) – CASTELAR; ETAPA III: CASTELAR – MORENO” al CONSORCIO IECSA SOCIEDAD ANONIMA – CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT SOCIEDADE ANONIMA – COMSA SOCIEDAD ANONIMA – GHELLA SOCIETA PER AZIONI, en los términos y con el alcance establecidos en el artículo 68 del Pliego de Condiciones Particulares.
Art. 2º — La estructura de financiamiento de la obra deberá ser sometida a la aprobación del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, quien deberá tener en consideración el informe producido por el COMITE DE EVALUACION Y CALIFICACION. El referido Ministerio deberá pronunciarse dentro del plazo de SESENTA (60) días a partir del dictado del presente.
Art. 3º — Instruyese a la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que dentro de los DIEZ (10) días posteriores a la aprobación prevista en el artículo precedente, suscriba el acuerdo de financiamiento y elabore y suscriba el correspondiente contrato.
Art. 4º — Dejase establecido que los actos mencionados en los artículos precedentes no generarán derechos al adjudicatario ni responsabilidad alguna para el Estado Nacional ni reconocimiento de gastos por parte de éste. La efectiva vigencia del contrato se producirá una vez cumplidas las siguientes condiciones: a) Vigencia acreditada de la financiación ofrecida por el adjudicatario y b) Aprobación de la estructura de financiamiento por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Art. 5º — Instruyese al señor Jefe de Gabinete de Ministros y al MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, para que en uso de sus facultades, efectúen las adecuaciones presupuestarias y de crédito público necesarias para atender el financiamiento de los gastos resultantes de la aplicación del presente decreto, incluyendo las previsiones que resulten necesarias para los ejercicios subsiguientes, hasta la finalización de los compromisos asumidos.
Art. 6º — El gasto resultante de la aplicación del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 56, Programa 55, Inciso 4, Partida Principal 3 Partida Parcial 2, Fuente de Financiamiento 11 y 22, Presupuesto del año 2008 y sus correlativos – MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Art. 7º — Notifíquese al CONSORCIO IECSA SOCIEDAD ANONIMA – CONSTRUTORA NORBERTO ODEBRECHT SOCIEDADE ANONIMA – COMSA SOCIEDAD ANONIMA – GHELLA SOCIETA PER AZIONI y al GRUPO ISOLUX CORSAN SOCIEDAD ANONIMA – ESUCO SOCIEDAD ANONIMA (UNION TRANSITORIA DE EMPRESAS).
Art. 8º — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Martín Lousteau. — Julio M. De Vido.

6 comentarios:

  1. Què pedazo de idiota por favor!!!! En CABA, Lilita arrasa, pero la gente va a votar a este pelotudo para que el PJ salga tercero y no tenga casi representatividad en la Càmara.

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  2. A divulgar estas noticias,entre parientes,amigos, conocidos, etc. Debemos ser agentes multiplicadores y mostrar quienes son estos candidatos buenos para nada... Gracias Julia por ayudarnos a ver más allá de lo que nos muestran... Tanita.-

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  3. Que asco me da este tipo!
    A difundir.

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  4. No estarìa mal votarlo a este tarado, si Carriò ya tiene los votos asegurados, a los chorros del PJ HABRÌA QUE DEJARLOS TERCEROS, O SEA CERO REPRESENTATIVIDAD.
    nO ES MALA IDEA.

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  5. Es un imbécil, no lo puedo ni ver!

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